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Cuentas Anuales correspondientes al ejercicio 2014, todo lo que hay que saber

24.02.2015

El próximo 31 de marzo finaliza el período para la formulación en plazo de las Cuentas Anuales relativas al ejercicio 2014 para todas aquellas sociedades cuyo ejercicio económico coincida con el año natural.

Queremos destacar la importancia de que los administradores formulen las Cuentas Anuales dentro de los plazos establecidos por nuestra legislación mercantil ya que la reciente reforma de la Ley de Sociedades de Capital para la mejora del gobierno corporativo refuerza el deber de diligencia de los administradores y la exigencia del cumplimiento de las obligaciones impuestas por la ley, precisando ésta el deber de los administradores de exigir y el derecho de éstos a recabar de la sociedad la información adecuada para el cumplimiento de sus obligaciones.

Para la formulación de las Cuentas Anuales del ejercicio 2014, los administradores deberán contemplar los siguientes aspectos:

1. La nueva norma de registro y valoración e información a incluir en la memoria de las cuentas anuales sobre el deterioro del valor de los activos, conforme a la Resolución de 18 de septiembre de 2013 del Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas (ICAC), de aplicación para los ejercicios iniciados a partir del 1 de enero de 2014.

 2. La inclusión en la memoria de las situaciones de conflicto de interés en las que incurran los administradores, conforme la nueva redacción del art. 229 de la Ley de Sociedades de Capital, tras la reforma de la ley para la mejora del Gobierno Corporativo.

 3. En el caso de que no resulte de aplicación el principio de empresa en funcionamiento, la formulación de las cuentas deberá estar sujeta a los criterios establecidos en la Resolución de 18 de octubre de 2013del Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas (ICAC).

 Insistimos en la importancia que tiene que los administradores conozcan las novedades que les afectan en materia contable, fiscal, mercantil o laboral y asegurarse de cumplir con las mismas, con el fin de generar confianza y transparencia ante terceros (socios, bancos e inversores), así como evitar futuras responsabilidades de los administradores por el incumplimiento de los deberes inherentes a su cargo, de los que deberán responder frente a la sociedad, socios y acreedores.