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Disminuye el número de empresas concursadas

El Colegio de Registradores presenta su Anuario de la Estadística Concursal 2015

29.06.2016

El 95% de las pequeñas y medianas empresas (pymes) que se someten a un concurso de acreedores termina en liquidación. El Anuario de la Estadística Concursal 2015, publicado recientemente por el Colegio de Registradores, ofrece una visión de conjunto y una descripción contrastada del funcionamiento económico y jurídico del sistema concursal. Según los datos aportados, en 2015 se declararon 4.781 concursos, un 23,2% menos que en 2014.

Las empresas afectadas tuvieron un tamaño inferior al de años anteriores, con un pasivo medio de tres millones de euros y una media de seis trabajadores, frente a los seis millones de pasivo medio y 8 trabajadores de 2014. La sociedad mercantil tipo que se declaró en concurso en 2015 tenía además una antigüedad media de 13 años y pertenecía al sector servicios (no inmobiliarios).

El desarrollo del proceso, desde que se solicita el concurso de acreedores hasta que finaliza y se procede a la liquidación y calificación, es lento y en algunos casos ineficaz, tal y como subraya la Asociación Profesional de Administradores Concursales (Aspac). Según el Anuario del Colegio de Registradores, en 2015 la duración de las fases comunes en los procedimientos abreviados con pasivos inferiores a 1 millón de euros (los más frecuentes) se redujo en una media 42 días (hasta 8 meses y 27 días) con respecto a 2014.

El administrador concursal, designado por el juez de cada caso, es una de las piezas fundamentales del concurso. Su labor consiste en dirigir el proceso, realizando en la fase común un inventario de los activos y pasivos de la empresa, impagos, vencimientos, etc… Una vez alcanzada la fase de liquidación elabora un plan de venta de activos, con cuyo resultado se realizan los pagos de acreedores.

En Taxfinco llevamos más de dos décadas ejerciendo el derecho concursal. Nuestra especialización alcanza tanto el desempeño como Administradores Concursales o como auxiliares delegados; abogados de las concursadas; litigando respecto a la responsabilidad de los administradores en la sección de calificación; como abogados de los acreedores en defensa de sus créditos; o como peritos auditores de cuentas.

Como empresario, el plazo mínimo para solicitar el concurso de acreedores es de dos meses antes de la incapacidad para poder afrontar los pagos, aunque los expertos recomiendan adelantar la medida a los seis meses. Si es su caso o podría serlo póngase en contacto con nuestro equipo y le asesoraremos.