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Juntas de accionistas, consejos de administración y buen gobierno corporativo

Recopilamos las últimas novedades que afectarán a las empresas este año

27.05.2016

La actualidad reciente ha marcado un creciente interés en el desarrollo de las juntas de accionistas y las normas de buen gobierno corporativo. La reforma de la Ley de Sociedades de Capital y el Código Unificado de Buen Gobierno de 2015, unidas a recientes sentencias judiciales, afectarán a las juntas del presente ejercicio.

Una sentencia del Tribunal Supremo de 19 de abril de 2016 especifica que la junta general puede adoptar acuerdos sin la presencia física del administrador social. Según el fallo, la Ley de Sociedades de Capital establece que los administradores deben asistir a las juntas, ya que éstas realizan funciones fiscalizadoras de los mismos. Sin embargo, la normativa no sanciona el incumplimiento: la ausencia del administrador no es causa de suspensión o nulidad de la junta, salvo contadas excepciones.

Por otro lado, la sentencia del Supremo también establece que los socios podrán asistir a las juntas representados por otras personas, pero únicamente en calidad de socios, no de administradores, ya que un representante no puede realizar las funciones de un administrador.

Por otro lado, el Centro de Buen Gobierno celebró recientemente la Jornada de Gobierno Corporativo que contó con la presencia de Elvira Rodríguez, presidenta de la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV). Durante su intervención Rodríguez resaltó la importancia de que las compañías cotizadas desarrollen un plan de sucesión del consejo de administración.

Este elemento que aparece en el último Código Unificado de Buen Gobierno de las sociedades cotizadas (cuyo grado de cumplimiento Rodríguez considera «elevado») será especialmente relevante en las juntas de accionistas de 2016. El caso del presidente del consejo de administración es el más importante de todos, y Elvira Rodríguez indicó que, según un estudio reciente, ocho de cada diez inversores institucionales prefieren que el presidente sea externo y carezca de funciones ejecutivas. Para la presidenta de la CNMV «la relevancia del gobierno corporativo de una empresa fomenta la estabilidad de los mercados y potencia la confianza en ellos».

En el caso de las empresas no cotizadas el Centro de Buen Gobierno, iniciativa de Grant Thornton y la escuela de negocios IE Business School, presentó también en abril un informe de «Recomendaciones de Buen Gobierno Corporativo» en el que se defiende la profesionalización de los consejos de administración y que éstos sean fuertes, con amplias facultades.

Los autores del informe, Tomás Garicano y Pablo Hafner, dirigen sus recomendaciones a entidades de interés público (EIP): empresas privadas con una facturación anual superior a 750 millones de euros o una plantilla media de más de 1.500 empleados. Este informe adapta a las EIP tanto la Ley de Sociedades de Capital como el Código Unificado de Buen Gobierno de las sociedades cotizadas, y añade además medidas procedentes de otras iniciativas europeas. Su objetivo es extender el buen gobierno a las empresas no cotizadas. Pese a que éstas constituyen el 85% del tejido industrial español, la mayoría de la legislación y las recomendaciones se dirigen a compañías cotizadas.»Extender el buen gobierno a más segmentos empresariales supone fortalecer la sostenibilidad y el desarrollo de nuestras empresas y, por extensión, de nuestra economía y de nuestra sociedad», según Tomás Garicano.