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Cómo acreditar las medidas a adoptar en el seno de la empresa o negocio como consecuencia del COVID-19

El futuro de las auditorías, un modelo incierto

Transcurridos tres meses desde la entrada en vigor de la nueva Ley, continúan las dudas y las críticas al nuevo modelo

04.10.2016

Más de un trimestre ha transcurrido desde que a mediados de junio entrase en vigor la nueva Ley de Auditoría, creada para adecuarse a la nueva regulación de la Unión Europea y con el objetivo principal de reforzar la confianza en la información financiera.

Una Ley que ya desde sus inicios contó con la oposición de buena parte del sector, que consideró que no había sido tomado en cuenta a la hora de su redacción y que se había realizado con excesiva urgencia. A pesar de que todavía está pendiente el desarrollo del reglamento, tarea que corresponderá al nuevo Gobierno, este plazo ha servido para que los profesionales del sector analicen la nueva situación y detecten los principales fallos e inconvenientes de la normativa.

Entre las medidas más polémicas se encuentra el hecho de que las conocidas como “Entidades de Interés Público” (organizaciones con una facturación superior a los 2.000 millones de euros y 4.000 empleados o más durante al menos dos años) deben cambiar de auditor cada diez años como mínimo. Las principales empresas del Ibex-35 han comenzado ya a dar ese paso.

El régimen de incompatibilidades se ha visto asimismo reforzado por la nueva ley. Así, una misma firma no puede realizar labores de auditoría y consultoría para la misma empresa para no ver perjudicada su independencia. La independencia personal del auditor en cuestiones financieras, laborales e incluso familiares son una dificultad añadida para los profesionales a la hora de establecer su idoneidad para el ejercicio de su labor.

En su informe “Presente y futuro de la auditoría de cuentas en España”, el Consejo General de Economistas considera que esta nueva Ley de Auditoría “va más allá de los mínimos impuestos por la Unión Europea y excede en la presión a quienes ejercen la actividad en España”. El informe constata que los requerimientos legales que deben cumplir los auditores son cada vez más numerosos y restrictivos, y además es necesario invertir una gran cantidad de tiempo y recursos en procedimientos puramente administrativos que distraen de la verdadera función: la información financiera.

El informe del Consejo de Economistas hace hincapié en que la nueva normativa fomenta la concentración actual en grandes sociedades de auditoría, no favorece la aparición de nuevos actores y limita la competencia entre auditores, por lo que propone defender la presencia de las pequeñas y medianas sociedades auditoras fomentando la realización de auditorías conjuntas (por las que las pequeñas y medianas podrían ayudar a las grandes firmas a mantener a sus clientes hasta cuatro ejercicios adicionales) y mediante la exigencia de auditorías externas a organismos públicos (especialmente de la Administración Municipal).

El futuro desarrollo del reglamento de la nueva Ley de Auditoría clarificará los puntos más confusos de la nueva normativa y ayudará a que la regulación de este sector sea sólida y eficaz.