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Los retos del Compliance en el sistema legislativo español

Su reciente implantación en nuestro país y la falta de regulación al respecto, entre ellos

28.07.2016

Diferentes directivas y recomendaciones de la Unión Europea han puesto en marcha en España la implantación de programas de cumplimiento normativo y prevención de delitos, comúnmente conocido como Compliance. Esta tipología, según confirma el presidente de la Audiencia Nacional, José Ramón Navarro se asentará en el sistema legislativo de nuestro país de manera permanente y es necesario trabajar sobre ella y establecer unas bases sólidas de conocimiento y ejecución entre el tejido empresarial español.

Los nuevos criterios que deben seguir las empresas para evitar la comisión de delitos se delimitaron hace ya un año con la reforma del Código Penal. Se comienza a incluir así sanciones contra las personas jurídicas que delinquen, que pueden ser administrativas, pero también penales.

Por este motivo, muchos despachos profesionales, como Taxfinco, comenzaron hace tiempo a ofrecer entre sus servicios asesoramiento y gestión en esta área. Los perfiles más adecuados para realizar el trabajo de asesoramiento en Compliance son los de abogados, auditores de cuentas y auditores de normas ISO.

Las cifras recogidas hasta ahora indican la inmadurez de la implantación entre las pymes de programas de Compliance, ya que sólo un 10% de ellas los está aplicando. Sin embargo, los altos directivos sí son conscientes de la importancia de este tipo de autorregulación para evitar la responsabilidad penal de la sociedad. No en vano, hasta un 81% de ellos prevé aplicar el Compliance en caso necesario como eximente de responsabilidad. Teniendo en cuenta que en nuestro país más de un 90% de las empresas son pymes se hace realmente necesaria una aplicación urgente y clara del Compliance.

Otros retos que se afrontan son la definición clara de la figura del Compliance Officer o Director de Cumplimiento Normativo, la falta aún de una regulación clara en esta materia y la poca jurisprudencia generada al respecto y el conocimiento de qué personas jurídicas están exentas de ser acusadas de delinquir.

En definitiva, nos encontramos ante los primeros pasos de un largo camino que requerirá adaptación por parte tanto de las empresas como por parte de los profesionales del sector jurídico-financiero encargados de establecer las pautas de funcionamiento y regulación más adecuadas en cada caso.