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04.01.2016
Aunque comenzó a funcionar en el año 2004, el sistema LexNet es, desde el pasado 1 de enero, de obligada utilización por los profesionales del ámbito judicial como procuradores, abogados y abogados del Estado, administradores concursales, graduados sociales, si bien en relación a la incorporación de los administradores concursales al sistema LexNET, y según establece la disposición transitoria tercera del Real Decreto 1065/2015, hasta el día siguiente a la publicación del desarrollo reglamentario sobre el régimen de la administración concursal previsto en la disposición transitoria segunda de la Ley 17/2014, de 30 de septiembre, por la que se adoptan medidas urgentes en materia de refinanciación y reestructuración de deuda empresarial, seguirán comunicándose con la Administración de Justicia por medio de soporte papel.
Definida en el BOE del 1 de diciembre de 2015 como un medio de transmisión seguro de información, tiene la “consideración de sistema de entrega electrónica certificada”, ya que permite la presentación de escritos y documentos y la recepción de actos de comunicación, sus fechas de emisión, puesta a disposición y recepción o acceso al contenido de los mismos” garantizando, as vez “el contenido íntegro de las comunicaciones y la identificación del remitente y destinatario de las mismas mediante técnicas de autenticación adecuadas”.
Entre las funcionalidades de este sistema de intercambio seguro de información se encuentran la presentación y transporte de escritos procesales y documentos que los acompañan, el traslado de copias, la realización de actos de comunicación procesal, la expedición de resguardos electrónicos y la constancia de un asiento por cada una de las transacciones electrónicas anteriores.
Aunque como en todo proceso de cambio la transcición a LexNet conlleva un periodo de adaptación y ajustes, para el Ministerio de Justicia este sistema tiene claras ventajas, como el intercambio seguro de información; el uso de firma electrónica reconocida; su funcionamiento 24 horas al día, 7 días a la semana; un importante ahorro de papel y la inmediatez en las comunicaciones.
El Consejo General de la Abogacía Española, por su parte, ha valorado entre las ventajas de LexNet la agilización de gestiones y la reducción de la burocracia, además de evitar los desplazamientos y la dependencia de los horarios de la Administración de Justicia y de permitir un mayor control de la información y el acceso rápido a la misma.
Para el correcto funcionamiento del sistema, será necesario que se dote de los medios electrónicos necesarios a las distintas sedes judiciales, medios que hasta el momento han sido insuficientes.
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