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04.01.2016
Aunque comenzó a funcionar en el año 2004, el sistema LexNet es, desde el pasado 1 de enero, de obligada utilización por los profesionales del ámbito judicial como procuradores, abogados y abogados del Estado, administradores concursales, graduados sociales, si bien en relación a la incorporación de los administradores concursales al sistema LexNET, y según establece la disposición transitoria tercera del Real Decreto 1065/2015, hasta el día siguiente a la publicación del desarrollo reglamentario sobre el régimen de la administración concursal previsto en la disposición transitoria segunda de la Ley 17/2014, de 30 de septiembre, por la que se adoptan medidas urgentes en materia de refinanciación y reestructuración de deuda empresarial, seguirán comunicándose con la Administración de Justicia por medio de soporte papel.
Definida en el BOE del 1 de diciembre de 2015 como un medio de transmisión seguro de información, tiene la “consideración de sistema de entrega electrónica certificada”, ya que permite la presentación de escritos y documentos y la recepción de actos de comunicación, sus fechas de emisión, puesta a disposición y recepción o acceso al contenido de los mismos” garantizando, as vez “el contenido íntegro de las comunicaciones y la identificación del remitente y destinatario de las mismas mediante técnicas de autenticación adecuadas”.
Entre las funcionalidades de este sistema de intercambio seguro de información se encuentran la presentación y transporte de escritos procesales y documentos que los acompañan, el traslado de copias, la realización de actos de comunicación procesal, la expedición de resguardos electrónicos y la constancia de un asiento por cada una de las transacciones electrónicas anteriores.
Aunque como en todo proceso de cambio la transcición a LexNet conlleva un periodo de adaptación y ajustes, para el Ministerio de Justicia este sistema tiene claras ventajas, como el intercambio seguro de información; el uso de firma electrónica reconocida; su funcionamiento 24 horas al día, 7 días a la semana; un importante ahorro de papel y la inmediatez en las comunicaciones.
El Consejo General de la Abogacía Española, por su parte, ha valorado entre las ventajas de LexNet la agilización de gestiones y la reducción de la burocracia, además de evitar los desplazamientos y la dependencia de los horarios de la Administración de Justicia y de permitir un mayor control de la información y el acceso rápido a la misma.
Para el correcto funcionamiento del sistema, será necesario que se dote de los medios electrónicos necesarios a las distintas sedes judiciales, medios que hasta el momento han sido insuficientes.
El empresario responderá con su patrimonio de las deudas sociales si faltan tres años de cuentas en el Registro Mercantil https://www.eleconomista.es/legislacion/noticias/11076369/02/21/El-empresario-respondera-con-su-patrimonio-de-las-deudas-sociales-si-faltan-tres-anos-de-cuentas-en-el-Registro-Mercantil.html a través de @elEconomistaes
La importancia de un buen informe pericial económico en un proceso judicial https://bolsadigital.org/2020/09/04/la-importancia-de-un-buen-informe-pericial-economico-en-un-proceso-judicial/ a través de @Bolsa_Digital
Columna de opinión de nuestro socio Juan José Galiana Agüera
@JjgalianaA
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Covid-19: crisis económica e insolvencias vía
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https://www.lapoliticaonline.es/nota/covid-19-crisis-economica-e-insolovencias-juan-jose-galiana/
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